Aprobados los criterios para determinar la sede de la futura Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial

​Las Comunidades Autónomas dispondrán de un mes para presentar sus candidaturas online.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy los criterios para determinar la ubicación de las sedes de las futuras Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) y Agencia Espacial Española (AEA), procedimientos iniciados de forma urgente el pasado mes de septiembre.

Estos criterios han sido previamente convalidados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, el Ministerio de Política Territorial y el Ministerio de Ciencia.  

Determinación de las sedes de las entidades del sector público estatal

El Real Decreto 209/2022, aprobó el 22 de marzo el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y creó la Comisión consultiva para la determinación de las sedes, presidida por la ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, con el objetivo de hacer efectivos los principios constitucionales y del ordenamiento jurídico de desconcentración funcional y territorial, eficacia y eficiencia. 

Plazos

El procedimiento establece que la Comisión consultiva elaborará el informe con los criterios para determinar la ubicación física de la nueva entidad. Cumpliendo con este mandato, la Comisión se reunió el 29 de septiembre y aprobó los criterios de determinación de la futura sede de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial y de la futura Agencia Espacial Española, siguiendo una tramitación de carácter urgente.

La publicación de los criterios en el Boletín Oficial del Estado tendrá lugar mañana, 5 de octubre, y las comunidades autónomas y entidades locales dispondrán de un mes para presentar sus candidaturas. 

Informes de las dos agencias

Para ambas agencias, la determinación de la sede se realizará atendiendo a los principios recogidos en el artículo 103.1 de la Constitución Española y a los fijados en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a los de vertebración, equilibrio territorial y adecuación al sector de actividad. 

Se valorará que las candidaturas presenten un informe de la comunidad autónoma apoyando su idoneidad y, en el caso de que una comunidad presente más de una candidatura, el orden de preferencia.

La administración que presente una candidatura podrá ofrecer los compromisos indicados en el Real Decreto que establece el procedimiento: cesión de inmuebles, asunción de costes financieros del traslado o creación de la sede y medidas de apoyo al personal trasladado y sus familiares o cualquier otro que considere. La Comisión valorará también la presentación de un análisis del impacto económico, social e industrial y las sinergias generadas con ecosistemas de emprendimiento, innovación e investigación.

Se valorará asimismo que se pongan en marcha programas de apoyo para reagrupación familiar del personal, ayudas para alquiler o compra de vivienda, búsqueda de empleo o recolocación laboral de familiares directos, continuación de estudios obligatorios y/o universitarios de familiares directos.

La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial

España se convertirá en el primer país de la Unión Europea con una Agencia Estatal de supervisión de la Inteligencia Artificial (IA), anteponiéndose a la entrada en vigor del futuro Reglamento europeo de IA, que establece la necesidad de que los Estados miembro cuenten con una autoridad supervisora en esta materia.

En cuanto a las características del territorio candidato, se valorará positivamente que éste cuente con un ecosistema empresarial y universitario, tanto de formación como de investigación, relacionado con la Inteligencia Artificial. También se considera conveniente la existencia de sinergias con Estados punteros en Inteligencia Artificial o en la Supervisión de la misma. 

Por otro lado, se tendrá en cuenta que las localidades, diputaciones o Comunidades autónomas presenten análisis proyectivos del impacto económico, social e industrial que tendría su selección para la futura Agencia, así como de las redes generadas entre sus tejidos de emprendimiento, innovación e investigación. Será conveniente que cuenten, además, con una masa crítica de empresas relacionadas con el ámbito de las TIC y, más concretamente, con el sector de la IA. Por último, las sedes candidatas podrán poner a disposición las infraestructuras y los equipamientos apropiados para albergar actividades relacionadas con las funciones propias de la Agencia.

Las sedes candidatas deben estar preparadas para generar y recibir talento técnico multidisciplinar, con conocimientos tanto en las nuevas tecnologías, los diferentes sistemas de IA y sus modelos de supervisión, como en los campos de la ética, las ciencias sociales y jurídicas. Asimismo, deberán responder al citado proceso de cohesión territorial, con el objetivo de impulsar la igualdad de oportunidades y estimular su tejido social y empresarial.

Finalizado el plazo de presentación de candidaturas, la Comisión elaborará un dictamen, previa consulta al Ministerio de adscripción de la Agencia, analizando las posibles sedes y lo remitirá al Consejo de Ministros, que adoptará el acuerdo y se publicará en el BOE en el plazo máximo de tres meses desde el inicio del procedimiento.

Agencia Espacial Española (AEE) 

Se valorará que la localidad que albergue la sede física de la AEE cuente con acceso a medios de transporte aéreos y terrestres, a poca distancia de un aeropuerto con conexiones a destinos internacionales relacionados con la actividad del personal, un entorno hotelero que permita visitas institucionales, sector empresarial, administrativo, educativo y universitario dinámico en las proximidades para la integración social y desarrollo familiar del personal, empresas relacionadas con el sector espacial, iniciativas públicas que desarrollen un ecosistema empresarial en el sector y grupos de investigación en este campo.

Se valorará también un análisis del impacto económico, social, industrial, y las sinergias generadas con los ecosistemas de emprendimiento, innovación e investigación en el ámbito espacial y un análisis del mercado inmobiliario de alquiler y adquisición que permita la movilidad de los empleados. 

Tramitación de las candidaturas

La tramitación se realizará desde la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y, finalizado el plazo de presentación de candidaturas, se solicitará informe a los ministerios de adscripción y a las instituciones que puedan contribuir a conformar la decisión en la elección.

La Comisión consultiva elaborará un dictamen, que podrá tomar en consideración localidades que no hubieran sido postuladas pero que cumplan con los criterios establecidos, que remitirá para su conocimiento a la Comisión Delegada del Gobierno para el Reto Demográfico y elevará al Consejo de Ministros, que adoptará su decisión mediante acuerdo que se publicará en el BOE.

La desconcentración, principio de funcionamiento de la AGE

Al enunciar los principios que deben regir en el funcionamiento de la Administración pública, la Constitución resalta los de eficacia, jerarquía, desconcentración y coordinación. El principio de desconcentración se recoge asimismo a Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

La desconcentración de las nuevas sedes del sector público institucional estatal se llevará a cabo a través de un procedimiento objetivo, transparente y competitivo 

Se trata de ‘compartir Estado’ con un proceso que ayudará a vertebrar y equilibrar las instituciones estatales y a la dinamización del territorio, fortalecer la igualdad de oportunidades, al facilitar que la ciudadanía, con independencia de su lugar de residencia, pueda relacionarse o incluso trabajar directamente en unidades de las instituciones públicas estatales.

Está acreditado el papel beneficioso que ejercen las instituciones públicas en el entorno físico de su ubicación, así como la creación de empleos directos e indirectos. Efectos positivos que se verán reforzados con un procedimiento de elección racionalizado, con criterios como la cohesión territorial, la eficacia de los servicios públicos y la transparencia dentro de un proceso objetivo y competitivo.​

 

Fuente: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

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